Esta calculadora ha sido desarrollada siguiendo estrictamente las disposiciones legales vigentes en Nicaragua. A continuación se desglosa cada concepto, su fundamento jurídico y la forma correcta de cálculo, demostrando por qué esta herramienta es la más precisa y confiable.
1. Antigüedad
Base legal: Arts. 45, 46, 48, 76, 111 del Código del Trabajo.
La antigüedad se calcula en días exactos desde la fecha de ingreso hasta la fecha de retiro, incluyendo el día de salida. Se convierte a años decimales (365.25 días por año) para aplicar proporcionalidades en indemnización, cesantía, vacaciones y aguinaldo.
2. Indemnización por Despido Injustificado
Base legal: Artículo 45 del Código del Trabajo.
Cuando el empleador despide sin causa justificada, debe pagar una indemnización equivalente a 30 días de salario por cada año trabajado (proporcional). No existe el concepto de "preaviso de 30 días" para el empleador. La indemnización es el pago compensatorio.
3. Aguinaldo Proporcional (Decimotercer Mes)
Base legal: Artículo 111 del Código del Trabajo.
El aguinaldo corresponde a 30 días de salario por año completo, pero solo se paga proporcional a los meses trabajados en el año calendario del retiro (enero a fecha de salida). No se calcula sobre toda la antigüedad laboral.
4. Vacaciones Pendientes
Base legal: Artículo 76 del Código del Trabajo.
El trabajador tiene derecho a 30 días hábiles de vacaciones por cada año laborado. Si al terminar la relación laboral tiene días acumulados sin disfrutar, se pagan proporcionalmente al salario diario.
5. Salario Proporcional
Base legal: Principio general del Código del Trabajo (el empleador debe pagar hasta el último día laborado).
Incluye el día de retiro. Por ejemplo, si la fecha de retiro es 20 de mayo, se pagan 20 días de salario.
6. Deducciones: INSS (7%)
Base legal: Ley de Seguridad Social (INSS). El empleado aporta el 7% sobre su salario, con un tope de C$500,000 mensuales.
Sobre qué conceptos se aplica: Solo sobre vacaciones pendientes y salario proporcional. No se aplica sobre indemnización ni aguinaldo (están exentos).
7. Impuesto sobre la Renta (IR) - Ley 822
Base legal: Ley de Concertación Tributaria (Ley 822), reformas vigentes.
El IR se calcula sobre la base gravable anualizada de los conceptos sujetos (vacaciones y salario proporcional). Se aplica la tabla progresiva de rangos.
- Hasta C$100,000: exento
- C$100,001 - C$200,000: 15% sobre el exceso
- C$200,001 - C$350,000: C$15,000 + 20% sobre el exceso
- C$350,001 - C$500,000: C$45,000 + 25% sobre el exceso
- Más de C$500,000: C$82,500 + 30% sobre el exceso
8. Diferencia entre tipos de retiro
| Tipo de retiro | Indemnización | Preaviso | Prestaciones | Descuento por falta de aviso |
|---|---|---|---|---|
| Despido injustificado | ✅ 30 días/año | ❌ | ✅ Completas | ❌ |
| Despido justificado | ❌ | ❌ | ✅ Completas | ❌ |
| Renuncia voluntaria (con aviso) | ❌ | ❌ | ✅ Completas | ❌ |
| Renuncia voluntaria (sin aviso) | ❌ | ❌ | ✅ Completas | ✅ (15 días de salario) |