Esta calculadora ha sido desarrollada siguiendo estrictamente las disposiciones legales vigentes en Nicaragua. A continuación se desglosa cada concepto, su fundamento jurídico y la forma correcta de cálculo, demostrando por qué esta herramienta es la más precisa y confiable.
1. Antigüedad
Base legal: Arts. 45, 46, 48, 76, 111 del Código del Trabajo.
La antigüedad se calcula en días exactos desde la fecha de ingreso hasta la fecha de retiro, incluyendo el día de salida. Se convierte a años decimales (365.25 días por año) para aplicar proporcionalidades en indemnización, cesantía, vacaciones y aguinaldo.
2. Indemnización por Despido Injustificado
Base legal: Artículo 45 del Código del Trabajo.
Cuando el empleador despide sin causa justificada, debe pagar una indemnización equivalente a 30 días de salario por cada año trabajado (proporcional). No existe el concepto de "preaviso de 30 días" para el empleador. La indemnización es el pago compensatorio.
3. Aguinaldo Proporcional (Decimotercer Mes)
Base legal: Artículo 111 del Código del Trabajo.
El aguinaldo corresponde a 30 días de salario por año completo, pero solo se paga proporcional a los meses trabajados en el año calendario del retiro (enero a fecha de salida). No se calcula sobre toda la antigüedad laboral.
4. Vacaciones Pendientes
Base legal: Artículo 76 del Código del Trabajo.
El trabajador tiene derecho a 30 días hábiles de vacaciones por cada año laborado. Si al terminar la relación laboral tiene días acumulados sin disfrutar, se pagan proporcionalmente al salario diario.
Mejora de la calculadora: Permite ingresar el saldo real de vacaciones pendientes (ejemplo: 7.83 días) si el trabajador ya ha tomado algunos días. De lo contrario, calcula automáticamente el proporcional.
5. Salario Proporcional (con ajuste por último día pagado)
Base legal: Principio general del Código del Trabajo (el empleador debe pagar hasta el último día laborado).
Si el trabajador recibe pagos quincenales y ya se le pagó hasta una fecha anterior (ejemplo: 15 de abril), la calculadora permite marcar "Último día pagado" y calcular el salario proporcional solo por los días posteriores no pagados. Esto evita duplicar salarios.
6. Horas Extras (Art. 52-55 CT)
Base legal: Artículos 52 al 55 del Código del Trabajo.
Las horas extras se pagan con recargos sobre el valor de la hora ordinaria:
- Diurna (6:00 a 19:00): 100% adicional → valor hora × 2
- Nocturna (19:00 a 6:00): 150% adicional → valor hora × 2.5
- Feriado / domingo: 200% adicional → valor hora × 3
donde vh = salario_mensual / 240
7. Deducciones: INSS (7%)
Base legal: Ley de Seguridad Social (INSS). El empleado aporta el 7% sobre su salario, con un tope de C$500,000 mensuales.
Sobre qué conceptos se aplica: Vacaciones pendientes, salario proporcional, horas extras y viáticos. No se aplica sobre indemnización ni aguinaldo (están exentos).
8. Impuesto sobre la Renta (IR) - Ley 822
Base legal: Ley de Concertación Tributaria (Ley 822), reformas vigentes.
El IR se calcula sobre la base gravable anualizada de los conceptos sujetos (vacaciones y salario proporcional). Se aplica la tabla progresiva de rangos.
- Hasta C$100,000: exento
- C$100,001 - C$200,000: 15% sobre el exceso
- C$200,001 - C$350,000: C$15,000 + 20% sobre el exceso
- C$350,001 - C$500,000: C$45,000 + 25% sobre el exceso
- Más de C$500,000: C$82,500 + 30% sobre el exceso
9. Diferencia entre tipos de retiro
| Tipo de retiro | Indemnización | Preaviso | Prestaciones | Descuento por falta de aviso |
|---|---|---|---|---|
| Despido injustificado | ✅ 30 días/año | ❌ | ✅ Completas | ❌ |
| Despido justificado | ❌ | ❌ | ✅ Completas | ❌ |
| Renuncia voluntaria (con aviso) | ❌ | ❌ | ✅ Completas | ❌ |
| Renuncia voluntaria (sin aviso) | ❌ | ❌ | ✅ Completas | ✅ (15 días de salario) |
El descuento por renuncia sin preaviso (Art. 44 CT) es opcional para el empleador. La calculadora permite marcarlo o no según el caso real.
10. Frecuencia de pago y conversión a salario mensual
El usuario puede ingresar su salario en la frecuencia que recibe (mensual, quincenal, semanal o diario). La calculadora lo convierte automáticamente a salario mensual equivalente para aplicar todas las fórmulas legales.
- Quincenal → ×2
- Semanal → ×(52/12) ≈ 4.33333
- Diario → ×30
11. Viáticos y otros bonos
La calculadora incluye un campo opcional para viáticos (transporte, alimentación, etc.). Este monto se suma a los ingresos brutos y está sujeto a INSS.